Cómo hacer frete a los impagos en las clínicas

Los tratamientos de belleza así como las intervenciones quirúrgicas con este fine suelen ser gastos elevados que demandan un gran desembolso económico y puede darse el caso de que muchas clínicas se encuentren en la tesitura de dar con un paciente que no pague los servicios recibidos. Lo mejor para ello es contactar con un depacho de abodados, como TFS,  bufete de asesores y abogados en Santander.Aquí te indicamos los pasos a seguir si has sufrido algún impago.

Lo primero de todo es contactar de una manera respetuosa con el cliente para hacerle saber que aún no se ha recibido el pago por el tratamiento o la operación recibida en la clínica. En algunas ocasiones, sobre todo si se ha efectuado un pago fraccionado, puede deberse a un despiste o problema bancario y no a la intención consciente del cliente. De esta manera resolveremos de una manera amistosa el conflicto y no perderemos un cliente que pueda verse amenazado o avergonzado si recibe por nuestra parte un trato intimidatorio o maleducado de primeras.

Si una vez realizadas estas llamadas recordatorias no hemos recibido respuesta alguna por su parte, o si a pesar de asegurarnos que se efectuará no recibimos en unos días el dinero, entonces nos encontramos ante un moroso; un cliente que no tiene intención alguna de pagar. Para ello lo primero será realizar un aviso nuevamente en el que se le requiera el pago que debe, pero sirviéndonos de vías más serias como resultan el burofax o correo certificados con el objetivo de que quede constatado y registrado tanto que nosotros hemos efectuado el aviso como que el cliente lo ha recibido.

Puede ser de ayuda solicitar los servicios de especialistas en el reclamo de impagos, como el tradicional cobrador del frac, siempre teniendo en cuenta, que quizá pudiera verse afectada también nuestra reputación, no tanto por parecer poco fiables, sino más bien por poco estético o burdo.

Lo más recomendable es comenzar por la vía judicial un proceso que obligue a través de la justicia al deudor a pagar su deuda. Para ello lo recomendable es dirigirse a un despacho de abogados que sepan guiarnos y actuar de la manera correcta en todo el proceso. La justicia establece dos vías una para deudas que son menores a 3.000 euros que se llevrá a cabo sin vía judicial es decir sin necesidad de abogados donde será necesario aportar la documentación necesaria y en la que estudiada ésta el juez determinará el pago por parte del deudor y si no lo efectúa se podrá hacer uso del embargo. Este proceso se lleva a acabo a través de procedimiento conocido bajo el nombre de monitorio.

Para las cifras que sobrepasan esta cifra se establecerá un procedimiento a través de lo civil donde ya entrará en escena figuras clásicas como el abogado y el procurador.

Tomar medidas preventivas puede resultar beneficioso, entre ellas fraccionar los pagos, para que se efectúen parte de ellos antes de concluir los servicios, o pagar los tratamientos cada vez que se concluya una de las sesiones.

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