Código deontológico en odontología

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Todas las profesiones, se rigen o deberían regirse por un código ético y moral. En aquellas que requieren que sus profesionales, se encuentren colegiados en sus respectivos colegios de especialidad, los códigos deontológicos, garantizan su profesionalidad y su ética en el trabajo. En este artículo, queremos acercarnos al Código Deontológico de la Odontología. Para ello, hemos consultado con los reconocidos odontólogos con más de treinta años de experiencia de Médico Dental SM, profesionales que procuran cumplir a rajatabla con este código ético.

Dado que la odontología es un campo de la medicina que, ofrece un servicio profesional al servicio de la salud bucodental, la responsabilidad que asumen los dentistas a nivel social, es muy alta.

Para la salud y el bienestar general, la salud bucodental es una parte imprescindible para que los pacientes, gocen de una buena salud en general. Es frecuente que muchos de nuestros males, tengan su origen en la zona bucal, de ahí, su relevancia que va más allá, de la estética. Por esta razón, los profesionales de la odontología, deben adquirir un gran compromiso con su profesión. Su principal objetivo, no es otro que mejorar esta parte tan importante en el plano de la salud.

Es, por tanto, fundamental que, los estudiantes de odontología, adquieran habilidades propias del sector, a través del conocimientos científicos y técnicos, sin olvidar la adquisición de formación respecto a la ética y responsabilidad que requiere la práctica de su trabajo.

A modo de introducción

Cada país y cada disciplina, promulga una serie de normas éticas encaminadas a la regulación de la actividad en cuestión. En el caso de la odontología, también existen esos códigos éticos que deben convertirse en una guía que oriente a los profesionales de la rama.

En España, el órgano encargado de la redacción del Código de Ética y Deontología Dental Español, es el Consejo General de Dentistas. En dicho código, se recopilan los valores morales, las normas éticas y los principios deontológicos que hacen posible regular la conducta y la actividad profesional de los odontólogos que ejerzan la profesión.

Como es inevitable, en el sector de la odontología, al igual que en muchos otros, se han dado casos en los que los pacientes, han presentado sus quejas y descontentos frente a las instituciones. Las denuncias contra dentistas por un mal tratamiento odontológico no han sido pocas. Este tipo de acciones, dañan la imagen del colectivo y las consecuencias repercuten tanto a nivel social como económico.

Estas situaciones pueden y deben prevenirse. De ahí la necesidad de aplicar un código ético y deontológico en el campo de la odontología. Dicha aplicación, busca mejorar la relación que se establece entre odontólogo y paciente, permitiendo que sea más transparente, sana y basada en la confianza. El conocimiento y la puesta en práctica de esta serie de normas éticas y los valores con los que comulga, favorecen el éxito dentro de la actividad y evita que se produzcan situaciones insatisfactorias, por parte de los clientes o pacientes.

Los principios generales del código ético odontológico español y sus disposiciones, son de obligado cumplimiento por parte de todos los odontólogos colegiados del país que, ejerzan su profesión. En este aspecto, no importa si el profesional ejerce en España o, de forma temporal o esporádica en el territorio español. Esto quiere decir que, los profesionales de otros países que pretendan ejercer o ejerzan su profesión en España, deben acatar, igualmente, dichos principios y normas del código.

Uno de los propósitos principales que convienen de la promulgación de este tipo de códigos, es proteger, en primera instancia, los derechos de los pacientes. La prioridad se concede, por lo tanto, a los intereses de los mismos. Algunos de los derechos que promulga el código en España, son los siguientes:

  • Ofrecer un trato igualitario. Todas las personas que acuden a una consulta odontológica, han de ser tratadas con respeto. Sin hacer ningún tipo de discriminación por etnia, sexo, religión o condición social.
  • Proporcionar información sobre los diferentes tratamientos. El profesional debe explicar al paciente, de forma clara y precisa, para que lo entienda, cada uno de los procedimientos que se vayan a realizar. A su vez, debe ofrecer las posibles alternativas terapéuticas y resolver cualquier duda que surja en el paciente.

De igual manera, el paciente ha de ser informado por parte del profesional, sobre los posibles riesgos que un tratamiento pueda producir. Esta información debe proporcionarse tanto verbalmente como por escrito, aportando un consentimiento que el propio paciente, deberá firmar antes de someterse a cualquier tratamiento.

  • Ofrecer un servicio de calidad. Los odontólogos deben asegurar y garantizar a sus pacientes una asistencia y trato de calidad, adaptada a sus necesidades y circunstancias personales y teniendo en cuenta la voluntad del paciente.

Igualmente, deben comprometerse a la hora de realizar un tratamiento, estando capacitados y formados en el mismo. Para los odontólogos, la formación continua durante toda su vida laboral, es un deber que no pueden eludir, para poder brindar a sus pacientes la atención merecida.

  • La confidencialidad médico paciente y el historial clínico, forman parte del código. Los profesionales de la odontología deben confeccionar y almacenar un registro con el historial clínico de cada paciente. En el mismo, han de constar los correspondientes consentimientos y pruebas diagnósticas a las que hayan sido sometidas.

Toda esta documentación, junto con la información relativa al paciente que el profesional posea, debe ser gestionada por el mismo, de forma confidencial y en privado.

Incumplir con la ética, falta grave

Por mucho que se disponga de un código ético al que atenerse o rendir pleitesía, muchas veces, las bases de esos valores, deben formar parte de la persona. Es inevitable que muchos, profesionales o no, discrepen con el código ético, carezcan de la moral necesaria o, simplemente, tengan un mal día.

Muchas veces olvidamos que los profesionales de la salud, dentistas incluidos, son personas como nosotros, los pacientes. Por esa consideración, es comprensible que, en algún momento, se salten sus propias normas. Eso no quiere decir que deba permitirse. Por eso mismo, cuando un profesional de la odontología, incumple alguna de las normas estipuladas en el código, se le atribuye una falta disciplinaria. Estas faltas, se encuentran tipificadas en los Estatutos de Odontólogos y Estomatólogos y su Consejo General.

Corregir las faltas disciplinarias cometidas por el dentista, se hace a tenor de los procedimientos definidos en dichos Estatutos, en los Estatutos específicos de cada Colegio y toda la normativa correspondiente. Lo que quiere decir que, ante una queja expuesta por un paciente ante el Colegio de Odontología, habrá repercusión.

Bajo esta premisa, todos los dentistas, tienen que hacer lo posible y velar por el cumplimiento de todos los criterios de calidad y los principios éticos. Están, por lo tanto, obligados a controlar y denunciar, si es necesario, cualquier práctica odontológica que pueda afectar a la atención correcta de los pacientes.

En la rama de la odontología, es fácil apreciar la ética por la que se rigen. Todos los profesionales del sector tiene muy presente el código en su día a día y hacen gala de ello, ofreciendo servicios de calidad, buen trato al paciente y colaborando en la construcción de una relación sana, transparente y de respeto mutuo.

Cada campo, cada sector, cada rama. Cada profesión, cuenta con su propio código de conducta, ético y moral. Dada la naturaleza de algunas de las profesiones, su cometido y la responsabilidad que conlleva su ejercicio, no se puede descuidar el Código Deontológico. Sin embargo y, rompiendo una lanza en favor de sus equívocos, se trata de personas que, al igual que los pacientes, pueden equivocarse sin que ese error, se repita.

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